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Fondo de Asistencia Laboral (FAL): se posterga su inicio y se amplía el período de carencia

El Fondo de Asistencia Laboral (FAL), creado en el marco de la Ley de Modernización Laboral, incorpora cambios importantes que los empleadores deben conocer. El Decreto 1228/2026, publicado el 20 de octubre, modificó tanto la fecha de inicio del régimen como el plazo mínimo necesario para utilizar sus recursos. Link Boletín Oficial

¿Cuáles son los principales cambios?

1. Nueva fecha de inicio

El régimen comenzará a regir el 1º de diciembre de 2026, en lugar del 1º de noviembre previsto anteriormente.

2. La carencia pasa de 6 a 12 períodos mensuales

El plazo mínimo para poder utilizar los recursos del Fondo se amplía de seis a doce períodos mensuales completos y consecutivos de devengamiento y pago.

¿Desde cuándo se cuenta el plazo?

El cómputo comienza en el mes calendario en que ARCA registra la integración efectiva de la primera contribución del empleador al Fondo. Por eso, la fecha en que cada empresa podrá utilizar los recursos dependerá del cumplimiento de los períodos exigidos y de los demás requisitos aplicables.

¿Qué deben tener en cuenta las empresas?

Es importante distinguir entre el inicio del régimen y la disponibilidad de los fondos para afrontar las obligaciones previstas. La entrada en vigencia del FAL no significa que sus recursos puedan utilizarse inmediatamente para pagar indemnizaciones.

Por eso, las empresas deberán revisar sus previsiones financieras y planificar cómo afrontar sus obligaciones laborales durante el período de carencia.

Anticiparse es clave

Desde el Estudio Contable Córdoba recomendamos mantenerse informados sobre las novedades normativas y evaluar cómo estos cambios impactan en la planificación laboral y financiera de cada empresa.

Conocer los plazos y anticiparse a los cambios permite tomar mejores decisiones y evitar imprevistos.

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